¿QUÉ ES EL GROOMING O CIBERACOSO SEXUAL DE MENORES?

Escribe Daniela Anriquez

Son muchos los modismos que se pueden utilizar si queremos describir en qué consiste la tercerización, pero a los fines de explicar con claridad esta práctica podemos decir, sin temor a equivocarnos, que tercerizar o subcontratar en la actividad aseguradora es la acción a través de la cual una empresa de seguros contrata a otra empresa que no está dentro del rubro, para que ésta le preste un servicio que la compañía debería dar.

Las redes sociales, apps y plataformas forman parte de nuestra vida y la de nuestros niños, niñas y adolescentes, quienes día a día las utilizan para comunicarse, educarse, informarse y jugar. Sin embargo, detrás de las pantallas también se pueden encontrar con situaciones de riesgo y peligro.
Los acosadores suelen utilizar una identidad y/o edad falsa para iniciar una conversación con menores de edad en la que intercambian gustos e intereses para ganar su confianza y, así, establecer un vínculo de amistad, para luego pedir e intercambiar imágenes y/o videos íntimos; o bien, proponer un encuentro presencial. En estos casos, cuando los niños, niñas o adolescentes se niegan, los acosadores ejercen distintas formas de violencia como chantaje, extorsión, amenazas o coacciones.
El 13 de noviembre de 2013 se incorporó el Grooming al Código Penal como delito. El artículo 131 establece que “será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Un año después se creó la Fundación Grooming Argentina, con el objetivo de desarrollar políticas públicas para concientizar, prevenir y defender los derechos de las infancias y adolescencias en el Ecosistema de Internet.
En 2018 se estableció cada 13 de noviembre como el día nacional de la lucha contra el Grooming, en conmemoración a la fecha de la inclusión de este delito en el Código Penal.
Y en 2020 se sancionó la Ley 27.590, denominada también Ley Mica Ortega, cuyo Decreto  407/2022 estableció el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.

¿Cómo prevenir el Grooming?
La concientización es fundamental para proteger nuestros/as hijos/as de este delito, por lo que se aconseja:
• Conversar con las infancias y adolescencias sobre el uso que hacen de internet, haciendo hincapié en la importancia de evitar el contacto con personas desconocidas e indicando que si eso ocurre se debe informar a personas adultas de confianza para que se encarguen de la situación.
• Configurar la privacidad en todas las cuentas de sus redes sociales para impedir que puedan compartir información sobre ellos/as.
• Reforzar la educación sexual integral en los entornos en los que participan las infancias y adolescencias, para promover comportamientos responsables ante los vínculos con las demás personas, así como enseñar cuándo y cómo pedir ayuda.
La última encuesta de la Fundación Grooming Argentina, para conocer el impacto de este delito en las infancias y adolescencias de entre 9 y 17 años, se llevó a cabo en escuelas públicas y privadas de todo el país, cuyos resultados demostraron que 1 de cada 3 chicos y chicas desconoce el delito de Grooming, a 1 de cada 4 les han solicitado imágenes en contexto de desnudez y/o semidesnudez través de Internet, y 6 de cada 10 chicos y chicas hablan con alguien desconocido.


¿Cómo actuar ante un caso de Grooming?
Una situación de Grooming debe abordarse como un caso de abuso sexual contra menores de edad. Por eso, es importante que tengas en cuenta:
• No avergonzar o responsabilizar a la víctima.
• Guardar capturas de pantalla, números de teléfonos, usuarios de redes sociales, correos, enlaces de su cuenta y toda información que sea útil para poder denunciar al acosador.
• No bloquear, enfrentar o reportar al perfil, ya que se corre el riesgo de perder las pruebas y el acosador puede crear un nuevo perfil para seguir acosando a otros niños, niñas y adolescentes.
• Hacer la denuncia en la fiscalía más cercana. Mejor aún, si allí cuentan con una fiscalía especializada en delitos informáticos.
Hacer la denuncia es fundamental para que el acosador no siga contactando a otras víctimas.
• También podés llamar a la línea 102 o 137, para recibir orientación y asesoramiento.
Es importante mencionar que a pesar de que el acoso sexual ocurra de forma virtual, el daño que se produce es real y es necesario intervenir para restituir los derechos vulnerados.
La comunicación entre madres, padres e hijos/as, la concientización y la prevención son esenciales para luchar en contra del Grooming.



Fuentes:
www.argentina.gob.ar/desarrollosocial/grooming
www.argentina.gob.ar/justicia/convosenlaweb/situaciones/guia-para-padres-familias-y-docentes-grooming
www.groomingarg.org


La última encuesta de la Fundación Grooming Argentina, para conocer el impacto de este delito en las infancias y adolescencias de entre 9 y 17 años, se llevó a cabo en escuelas públicas y privadas de todo el país, cuyos resultados demostraron que 1 de cada 3 chicos y chicas desconoce el delito de Grooming