Através de un Convenio de corresponsabilidad institucional que se firmó durante el gobierno de la Sra. María Estela Martínez de Perón.
En ese momento, la ley de jubilación en la que se encuadraban los trabajadores en relación de dependencia era la 18.037, sancionada durante el gobierno de Onganía (1966-1970).
Esta ley establecía que el cálculo del haber jubilatorio surgía del promedio de los 3 mejores años de los últimos 10 y no establecía ninguna modalidad de “MOVILIDAD JUBILATORIA”. Los ajustes eran por decisión del poder ejecutivo.
En el año 1985, ya en democracia, los gremios comenzaron a hacer reclamos por reajustes en los haberes jubilatorios, que comenzaban en la vía administrativa a través de la Caja de jubilaciones de la industria, comercio y actividades civiles, que luego, en los años ´90, se transformó en la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Como estos reclamos siempre eran denegados en el área administrativa, se acudía a la justicia. En sus comienzos se resolvían rápidamente de forma favorable en beneficio de los jubilados.
También en los años ´90 hubo una reforma de la ley de jubilaciones; el eje de la discusión pasaba por lo público y/o lo privado y así fue que se crearon las AFJP (Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones), los aportes patronales pasaron a financiar el sistema público y el aporte de los trabajadores que elegían por el sistema de capitalización financiarían las jubilaciones de las AFJP. Es decir, se establecía un sistema de jubilación mixto. Las AFJP tenían un menú de inversiones establecido por el estado.

En el año 2008, el gobierno presidido por Cristina Kirchner, resuelve disolver las AFJP y estatizar los fondos de las mismas. Con estos fondos se crea Fondo de sustentabilidad de la ANSES y comienzan a tratarse en el Congreso las leyes de movilidad jubilatoria con la ley 26417/2009, que a su vez se fue modificando con cada cambio de gobierno, aunque en la práctica ninguna logro frenar el flagelo de la licuación de los haberes jubilatorios y, en consecuencia, tampoco los juicios por reajustes, a pesar de que ANSES siempre apelaba las sentencias favorables a los jubilados, finalmente era el poder judicial el que resolvía una problemática que no hacían los legisladores. Estos juicios llegaban a tardar entre 8 y 10 años.
En nuestro sindicato se tramitaron más de 6000 juicios y dado que el jubilado de seguros había tenido una buena calidad de vida por su actividad y también por la excelente cobertura —tanto por el Sindicato como por la Obra Social— les ha permitido a muchos llegar al final del juicio y verse beneficiados con el cobro de lo reclamado.
Nuestras jubiladas y jubilados han recibido muchos beneficios, lo que los ubica de algún modo en una situación de privilegio con respecto a los jubilados de otras actividades. Un sindicato y una obra social que los contuvo, acompaño y ayudó desde la Secretaría de Previsión, tanto en las gestiones administrativas y judiciales como así también en todo lo concerniente a lo social y recreativo; y desde la OSSEG con su cobertura médica y con los invalorables talleres de prevención que se realizan en todo el país.
Estas prestaciones que nuestras jubiladas y jubilados vienen recibiendo desde hace muchos años en ambas instituciones, continúan y se siguen incrementando con la actual conducción del gremio, siempre con el espíritu de reparar el atropello y el destrato que actualmente reciben por parte del ejecutivo de turno y las inhumanas decisiones políticas tomadas recientemente.
Nuestros representados se encuentran encuadrados en la ley de jubilaciones 24241, que nació emparchada al igual que otras leyes y cajas vigentes en nuestro país. Personalmente considero que debería hacerse una reforma profunda en el sistema previsional, replanteando con seriedad cómo financiar el régimen jubilatorio, también en función del aumento de la expectativa de vida, puesto que por más que se aumente la edad jubilatoria son muchos años los que se pagan las jubilaciones y pensiones, cosa que no ocurría hace 3 o 4 décadas atrás.


Estas prestaciones que nuestras jubiladas y jubilados vienen recibiendo desde hace muchos años en ambas instituciones, continúan y se siguen incrementando con la actual conducción del gremio, siempre con el espíritu de reparar el atropello y el destrato que actualmente reciben por parte del ejecutivo de turno y las inhumanas decisiones políticas tomadas recientemente. Nuestros representados se encuentran encuadrados en la ley de jubilaciones 24241, que nació emparchada al igual que otras leyes y cajas vigentes en nuestro país. Personalmente considero que debería hacerse una reforma profunda en el sistema previsional, replanteando con seriedad cómo financiar el régimen jubilatorio, también en función del aumento de la expectativa de vida, puesto que por más que se aumente la edad jubilatoria son muchos años los que se pagan las jubilaciones y pensiones, cosa que no ocurría hace 3 o 4 décadas atrás.
