CRÉDITO HIPOTECARIO

PARA COMPRA DE PRIMERA VIVIENDA

Tu sindicato lo hace posible

INSCRIPCIÓN FINALIZADA

Acompañando a las familias de las y los trabajadores de seguros en el sueño de la casa propia, el Sindicato del Seguro abre la inscripción a una nueva línea de créditos con cupos limitados.

La presente inscripción te permitirá participar del proceso de selección y adjudicación a la Línea de Crédito Hipotecario con destino a la adquisición de vivienda única, familiar y de ocupación permanente para empleados y empleadas de compañías de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamo para la vivienda de la República Argentina.

CONDICIONES GENERALES

  • Destino Compra de primera vivienda
  • Monto máximo será de $60.000.000
  • Financiamiento desde el 60% hasta 100% del valor de la vivienda
  • Plazo 10 años
  • Relación cuota ingreso hasta el 40%
  • Ingresos desde UNIDAD MÍNIMA DE CONVENIO SEGUROS (UMCS) y 9 UMCS. 1 UMCS equivale a la categoría del Convenio Colectivo del Trabajo 264/95 del Empleado Grupo Comercialización vigente al momento del proceso de selección, siendo en Septiembre de 2025 de $ 661.547.
  • Tasa Fija del 3%
  • Coeficiente de ajuste de cuotas según paritarias CCT 264/95
  • Comisión gastos administrativos 0,3%
  • Comisión de seguro de incendio y vida 0,06%

TABLA DE REFERENCIA
Por $ 10.000.000,00 en 120 cuotas – 1era cuota $ 132.560,75
Por $ 20.000.000,00 en 120 cuotas – 1era cuota $ 265.121,49
Por $ 30.000.000,00 en 120 cuotas – 1era cuota $ 397.682,24
Por $ 40.000.000,00 en 120 cuotas – 1era cuota $ 530.242,98
Por $ 50.000.000,00 en 120 cuotas – 1era cuota $ 662.803,73
Por $ 60.000.000,00 en 120 cuotas – 1era cuota $ 795.364,47
    REQUISITOS
  • Ser empleado en relación de dependencia en compañía de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamo para la vivienda.
  • Tener entre 18 y 60 años.
  • No ser propietarios.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses.
  • Demostrar, como mínimo, 24 meses de antigüedad laboral.
  • La propiedad presentada a adquirirse mediante la LÍNEA DE CRÉDITO, deberá estar localizada dentro del área de influencia de su domicilio laboral.
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
Inscripción abierta del 04/09 al 19/09
CUPOS LIMITADOS
adjudicación sujeta a bases y condiciones

PREGUNTAS FRECUENTES

El destino del crédito es exclusivamente para la compra de primera vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

El monto máximo del crédito es de $ 60.000.000

El plazo máximo para pagar el crédito es de 10 años.

El crédito se otorga a tasa fija del 3% y el ajuste de la cuota del crédito será según coeficiente de actualización que se establezcan en el Convenio Colectivo de Trabajo 264/95. Comisión de gastos administrativos 0,3% mensual y comisión por coberturas de seguro de incendio y vida 0,06% mensual.

  • Ser empleado en relación de dependencia en compañía de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamo para la vivienda.
  • Tener entre 18 y 60 años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente (solicitante y cotitular) entre una UNIDAD MÍNIMA DE CONVENIO SEGUROS (UMCS) y 9 UMCS. Se entiende por UMCS, a la remuneración establecida según la categoría del Convenio Colectivo del Trabajo 264/95 del Empleado Grupo Comercialización vigente al momento del proceso de selección, siendo en Septiembre de 2025 de $ 661.547.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra. No registrar inhabilitaciones civiles, penales ni antecedentes penales.
  • Demostrar, como mínimo, 24 meses de antigüedad laboral.

El crédito puede cubrir hasta desde el 60 % al 100% del valor de compra de la vivienda.

La relación cuota-ingreso (RCI) no puede superar el 40 % de los ingresos netos comprobables.

Sí, podés sumar los ingresos de un cotitular siempre que sea tu pareja y tengan certificado de matrimonio, unión civil o unión convivencial. Esto te ayuda a cumplir con el límite de RCI y acceder a un mayor monto de financiamiento.

Una vez cerradas las inscripciones se seleccionará según la cantidad de créditos previstos de la línea por un sistema de puntaje que tendrá en cuenta los siguientes criterios; edad, ingresos totales del titular y cotitular, discapacidad en el grupo familiar, afiliación al Sindicato, Mutual y/o Obra Social, antigüedad de afiliación al Sindicato y afiliación al Sindicato del cotitular. Sera publicada la fecha de notificación de seleccionados en el sitio web del Sindicato y se comunicara personalmente al correo electrónico registrado en el formulario de inscripción a quienes hayan sido seleccionados.

En el caso de ser seleccionado, todos los gastos de certificados o informes a presentar según las Bases y Condiciones quedaran a exclusivo cargo del beneficiado, así como los gastos de escrituración, constitución y oportuno levantamiento de hipoteca.

Un tasador del Sindicato evaluará in situ la vivienda para determinar su valor comercial real.

Sí. Podes realizar cancelaciones parciales o totales. La cancelación total se admite en todo momento y es sin comisión a partir de los 180 días de otorgamiento del préstamo. Si se realiza antes de los 180 días de otorgado el préstamo la comisión es del 3% sobre el monto a cancelar. La cancelación parcial se admite luego de los 180 días de otorgado el préstamo, con un mínimo de 3 cuotas. La comisión es del 3% sobre el monto a cancelar anticipadamente. Se cancela de la última cuota del plan de pagos hacia atrás, reduciendo el plazo de vencimiento.

En el caso de que el beneficiario deje de ser empleado en relación de dependencia en compañía de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y préstamo para la vivienda, serán evaluadas nuevamente las condiciones de la financiación del crédito, perdiendo la tasa preferencial de amortización definidas al otorgamiento del mismo. A excepción de aquellos que su desvinculación se deba a; jubilación ordinaria o invalidez, despido incausado del trabajador o por cierre o fusión de las empresas y no cobrara las indemnizaciones de Ley.

Ingresa (ENLACE BASES Y CONDICIONES) para conocer las bases y condiciones de la línea de crédito.


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las y los trabajadores del seguro

Consultas

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plandevivienda@ssra.org.ar